Fuente: uso.es
La Audiencia Nacional ha sentenciado que el nuevo permiso de 4 días por fuerza mayor, recogido en el artículo 37.9 del Estatuto de los Trabajadores, será retribuido.
Este permiso facilita la conciliación familiar al establecer que los trabajadores tendrán derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan necesario la presencia inmediata del trabajador. Las horas que se permanezca ausente del trabajo serán remuneradas.